DecretoNº 399-1970·1970
Ministerio de Relaciones Exteriores. Relaciones internacionales y Diplomáticas
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
20 de agosto de 1970
Fecha de publicación
28 de agosto de 1970
Texto
Amplíase el artículo 3 del Decreto Nº 160/967 estableciéndose que corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores la recepción de agentes diplomáticos y la autorización del ejercicio de sus funciones a los cónsules extranjeros, así como el otorgamiento de inmunidades y privilegios diplomáticos.