Decreto399-1970·1970

Ministerio de Relaciones Exteriores. Relaciones internacionales y Diplomáticas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20 de agosto de 1970

Fecha de publicación

28 de agosto de 1970

Texto

Amplíase el artículo 3 del Decreto Nº 160/967 estableciéndose que corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores la recepción de agentes diplomáticos y la autorización del ejercicio de sus funciones a los cónsules extranjeros, así como el otorgamiento de inmunidades y privilegios diplomáticos.