Artículo 1 — Artículo 1
Declárase vigente el Protocolo Modificatorio del Acuerdo de Alcance Parcial suscrito entre los Plenipotenciarios de la República Oriental del Uruguay y de la República de Venezuela con fecha 31 de diciembre de 1981 y registrado ante el Comité de Representantes de la Asociación Latinoamericana de Integración, cuyo texto es el siguiente: (*)