Decreto408-1976·1976

Fijación de UR, URA, IPC, Cra. Julio 1976

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de julio de 1976

Fecha de publicación

7 de julio de 1976

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable correspondiente al mes de junio de 1976 a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y modificativas en N$ 15.20 (nuevos pesos quince con veinte centésimos).

Artículo 2Artículo 2

De acuerdo al valor precedentemente establecido y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 de la ley 14.219 citada, la determinación de los alquileres que se actualizan en el mes de julio de 1976, se efectuará multiplicando el último alquiler con el Indice 1,2510.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.