Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse las siguientes detracciones por cada un (1) quilogramo a las exportaciones de la mercadería que a continuación se detalla: 1) Cueros vacunos sanos: N$ 2.89 (nuevos pesos dos con ochenta y nueve centésimos); 2) Cueros salados y pickelados de: A) Novillos y vacas sanas, N$ 3.05 (nuevos pesos tres con cinco centésimos). B) Rechazo de novillos y vacas: N$ 2.99 (nuevos pesos dos con noventa y nueve centésimos); C) Terneras y vaquillonas sanas N$ 3.73 (nuevos pesos tres con setenta y tres centésimos); D) Terneras y vaquillonas de rechazo N$ 3.30 (nuevos pesos tres con treinta y centésimos) E) Toros y bueyes sanos, N$ 2.17 (nuevos pesos dos con diecisiete centésimos) F) Toros y bueyes de rechazo N$ 1.99 (nuevos pesos uno con noventa y nueve centésimos).