Decreto410-1979·1979

Prórroga de exoneración del pago de tributos a las importaciones de repuestos y bienes de capital destinados a la producción e Industria Arrocera

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13 de julio de 1979

Fecha de publicación

3 de agosto de 1979

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorróguese, hasta el 31 de julio de 1979, la vigencia de las exoneraciones dispuestas por el decreto 559/978, de fecha 22 de setiembre de 1978, para las solicitudes de importación que fueron autorizadas por la Comisión Sectorial del Arroz antes del 31 de diciembre de 1978.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.