Artículo 1 — Artículo 1
El Salón de Usos Múltiples construido por la Oficina BE.CON. del Ministerio de Transporte y Obras Públicas en el Pueblo Belén (departamento de Salto), Padrón Nº 360, Manzana 104, Octava Sección Judicial, será destinado a actividades deportivas, sociales y culturales de la zona.