Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el artículo 2.o del decreto de 12 de diciembre de 1974, estableciendo que en el Escalafón (Semi-Técnico) AaB al cargo de Tenedor de Libros Idóneo en Comercio y Administración Pública, le corresponde el Grado 3.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
22 de mayo de 1975
Fecha de publicación
3 de junio de 1975
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el artículo 2.o del decreto de 12 de diciembre de 1974, estableciendo que en el Escalafón (Semi-Técnico) AaB al cargo de Tenedor de Libros Idóneo en Comercio y Administración Pública, le corresponde el Grado 3.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese y archívese.