Decreto416-1979·1979

Aumento de topes máximos que rigen para los distintos procedimientos de contrataciones administrativas del Estado

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13 de julio de 1979

Fecha de publicación

30 de julio de 1979

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Elévanse los topes máximos para las contrataciones establecidos por el artículo 1º del decreto 630/978, de 13 de noviembre de 1978, los que quedarán fijados en los siguientes límites: A) Hasta N$ 350.000,00 (trescientos cincuenta mil nuevos pesos) para las licitaciones restringidas, debiéndose contratar mediante licitación pública las superiores a dicha suma; B) Hasta N$ 120.000,00 (ciento veinte mil nuevos pesos) para concursos de precios; C) Hasta N$ 20.000,00 (veinte mil nuevos pesos) para contrataciones directas.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.