DecretoNº 419-1973·1973
Derechos humanos. Medidas prontas de seguridad. Detención preventiva
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
12 de junio de 1973
Fecha de publicación
20 de junio de 1973
Texto
Limítase el tiempo de detención a detenidos por presuntos ilícitos por actividad subversiva, contravenciones socio económicas o contra el patrimonio del Estado, los que deberán ser puestos a disposición del Juez competente o en libertad, en el término de 10 días contados a partir de su detención.