Decreto419-1977·1977

Reconocimiento de legitimación procesal de los fiscales Letrados departamentales, en el patrocinio a la Universidad de la República, en juicios por prestación asistencial del Hospital de Clinicas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de julio de 1977

Fecha de publicación

2 de agosto de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que los Fiscales Letrados Departamentales tienen legitimación procesal para actuar en sus respectivas sedes jurisdiccionales, asistiendo a la Universidad de la República, en los juicios que ésta inicie por deudas contraídas por quienes recibieron prestación asistencial del Hospital de Clínicas.

Artículo 2Artículo 2

La gestión para iniciar el litigio y los recaudos en los que se instrumente el respectivo crédito se cursarán por el órgano acreedor al Ministerio de Justicia, a efectos de que éste disponga la intervención del respectivo Fiscal Letrado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.