Decreto420-1978·1978

Declaración del día del funcionario de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17 de julio de 1978

Fecha de publicación

25 de julio de 1978

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Señálase, con carácter laborable, el día 9 de agosto de cada año, como Día del Funcionario de la Dirección de Loterías y Quinielas. Si ese día fuese feriado, el señalamiento recaerá en el último día hábil anterior a la fecha referida.

Artículo 2Artículo 2

En el día expresado, se realizarán actos que pongan de relieve los hechos más importantes de la evolución del Organismo y su incidencia en el proceso económico del país y se procederá a la entrega de notas, diplomas, pergaminos o medallas a los funcionarios de extensa y destacada trayectoria en el Organismo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.