Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Comando General del Ejército, a efectuar la transformación de 9 (nueve) cargos de Soldado de 2.a en 5 (cinco) de Soldado de 1.a.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
24 de julio de 1979
Fecha de publicación
3 de agosto de 1979
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Comando General del Ejército, a efectuar la transformación de 9 (nueve) cargos de Soldado de 2.a en 5 (cinco) de Soldado de 1.a.
Artículo 2 — Artículo 2
Dese cuenta al Consejo de Estado, acorde a lo establecido en el artículo 112 de la ley 14.189 de 30 de abril de 1974.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional, Comando General del Ejército y a la Contaduría General de la Nación