DecretoNº 424-1965·1965
Importaciones. Artículos de primera necesidad. Beneficio de descarga directa
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
23 de setiembre de 1965
Fecha de publicación
20 de octubre de 1965
Texto
Establécese que todas las importaciones de artículos de primera necesidad que realice el Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios, gozarán del beneficio de descarga directa.