Decreto425-1971·1971

Industria frigorifica. Declaración jurada

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de julio de 1971

Fecha de publicación

14 de julio de 1971

Texto

Establécese que los frigoríficos deberán presentar declaración jurada de sus existencias de carnes y menudencias ante la Comisión Administradora de Abasto.