Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Industria y Energía a contratar los servicios de una firma internacional altamente especializada para que conjuntamente con el apoyo nacional que se estime conveniente y necesario se realice la reinterpretación de los resultados de las diferentes prospecciones gravimétricas, geomagnéticas y sísmicas así como la de la información obtenida en las perforaciones llevadas a cabo en el mar continental, a fin de obtener las precisiones necesarias par que se indique la forma de continuar la búsqueda de hidrocarburos en la citada región.