Decreto431-1977·1977

Fijación de aumento del cupo anual de combustibles, correspondiente a la Dirección Nacional de Contralor de Semovientes, frutos del país, marcas y señales

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27 de julio de 1977

Fecha de publicación

2 de agosto de 1977

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Establécese en 150.000 (ciento cincuenta mil) litros anuales la cuota de combustibles correspondiente a la Dirección Nacional de Contralor de Semovientes, Frutos del País, Marcas y Señales (75.000 litros de nafta tipo "super" y 75.000 de gasoil).

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

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