Decreto434-1983·1983

Aprobación de tarifas de la División uso y manejo del agua del Ministerio de Agricultura y Pesca. Noviembre 1983

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de noviembre de 1983

Fecha de publicación

30 de noviembre de 1983

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase la siguiente tarifa para el período 26 de setiembre de 1983 al 30 de abril de 1984, del Sistema Experimental de Riego A-1, ubicado en la Segunda Sección Judicial del departamento de Lavalleja, paraje Aguas Blancas, dependiente de la División Uso y Manejo del Agua del Ministerio de Agricultura y Pesca: Area regable Tarifa por Há/año N$ --- Hasta 50 Hás .................. 563,53 Más de 50 Hás ................. 751,38

Artículo 2Artículo 2

La percepción del canon se realizará a través de la Sucursal del banco de la República Oriental del Uruguay y ubicada en Solís de Mataojo.

Artículo 3Artículo 3

Los regantes deberán abonar la tarifa en dos cuotas venciendo la primera a los 45 días y la segunda a los 90 días de la fecha de aprobación del presente decreto.

Artículo 4Artículo 4

El incumplimiento de los pagos dentro de los plazos que estipula el artículo anterior, generará los intereses de mora que establece el Código Tributario (ley 14.306, de 29 de setiembre de 1974, artículo 94).

Artículo 5Artículo 5

Derógase el decreto 57/983, de fecha 23 de febrero de 1983.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.-

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