DecretoNº 436-1974·1974
Prohibición a los establecimientos comerciales el expendio de cualquier tipo de sal, si previamente no han sido yodadas
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
4 de junio de 1974
Fecha de publicación
12 de junio de 1974
Texto
Extiéndese a los Departamentos de Cerro Largo, Treinta y Tres, Durazno, Florida y Soriano la prohibición de comercialización de cualquier tipo de sal fina o gruesa con destino a usos comestibles o culinarios, estableciéndose que la misma debe ser yodada en la proporción que se indican.