Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes tasas y tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones que tendrán vigencia a partir del 1º de agosto de 1981. (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de agosto de 1981
Fecha de publicación
17 de noviembre de 1981
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes tasas y tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones que tendrán vigencia a partir del 1º de agosto de 1981. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.-