Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse las siguientes detracciones por cada un (1) quilogramo a las exportaciones de las mercaderías que a continuación se detallan: 1) Cueros secos $ 692 (seiscientos noventa y dos pesos); 2) Cueros vacunos salados y/o pickelados de: A) Novillos y vacas sanas $ 737 (setecientos treinta y siete pesos); B) Rechazos de novillos y vacas $ 721 (setecientos veintiún pesos); C) Terneras y vaquillonas sanas $ 858 (ochocientos cincuenta y ocho pesos); D) Terneras y vaquillonas de rechazo $ 823 (ochocientos veintitrés pesos); E) Toros y bueyes sanos $ 523 (quinientos veintitrés pesos); F) Toros y bueyes de rechazo $ 476 (cuatrocientos setenta y seis pesos).