DecretoNº 441-1971·1971
Comercio exterior. Cueros bovinos
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
15 de julio de 1971
Fecha de publicación
22 de julio de 1971
Texto
Prohíbese la exportación por sesenta días de cueros bovinos de producción nacional, secos, salados, curtidos, etc., exceptuándose las exportaciones en curso a la fecha del presente decreto.