Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes tasas y tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones que tendrán vigencia a partir del 1º de julio y hasta el 31 de agosto de 1976: (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
15 de julio de 1976
Fecha de publicación
26 de julio de 1976
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes tasas y tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones que tendrán vigencia a partir del 1º de julio y hasta el 31 de agosto de 1976: (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Facultar a la Administración Nacional de Telecomunicaciones previa conformidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a incrementar las tasas y tarifas precedentes en un 6% durante el período comprendido entre el 1º de setiembre y el 31 de octubre de 1976 y en un 3% acumulativo durante el período comprendido entre el 1º de noviembre y el 31 de diciembre de 1976.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, etc.