Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Rivera a modificar las bases de imposición de Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
20 de agosto de 1980
Fecha de publicación
1 de setiembre de 1980
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Rivera a modificar las bases de imposición de Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana.
Artículo 2 — Artículo 2
El estudio del mayor producido de los nuevos recursos, así como su destino se establecerá en forma explícita en la próxima modificación presupuestal.
Artículo 3 — Artículo 3
Para el cálculo de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana del año 1979, se aplicará el decreto 248/979, de 9 de mayo de 1979 que fija un índice de actualización del 1,40 sobre el Valor Real 1977.