DecretoNº 443-1967·1967
Carnes ovinas y bovinas. Declaración de existencias
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
20 de julio de 1967
Fecha de publicación
25 de julio de 1967
Texto
Dispónese que todas las existencias de carne bovina y ovina, depositadas en cámaras frigoríficas, deberán ser declaradas en el Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios.