DecretoNº 449-1971·1971
Comercio exterior. Cueros bovinos
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
19 de julio de 1971
Fecha de publicación
26 de julio de 1971
Texto
Modifícase el artículo 1 del Decreto N° 441/971 que prohíbe la exportación por sesenta días de cueros bovinos de producción nacional, secos, salados, curtidos, etc., exceptuándose las exportaciones en curso, a la fecha del decreto invocado.