DecretoNº 45-1968·1968
Tributos. Tributo Unificado. Vendedores ambulantes
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
18 de enero de 1968
Fecha de publicación
24 de enero de 1968
Texto
Reglaméntanse los artículos 116 a 126 de la Ley N° 13.637 (Presupuesto Nacional de Recursos) relativo al Tributo Unificado que corresponde a la actividad que desarrollan los vendedores ambulantes.