Decreto450-1964·1964

Comercio exterior. Exportación. Hilados de lana

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de noviembre de 1964

Fecha de publicación

25 de noviembre de 1964

Texto

Exímese de la obligatoriedad de negociar en el Banco de la República Oriental del Uruguay, las divisas provenientes de las exportaciones de hilados de lana peinada, que se realicen a partir de la fecha que se indica.