Decreto451-1968·1968

Depósitos de explosivos. Jurisdicción y control

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de julio de 1968

Fecha de publicación

22 de julio de 1968

Texto

Decláranse depósitos militares todos los depósitos que operen con autorización certificada por el Servicio de Material y Armamento y todos los locales que mantengan existencias de explosivos. Dispónese que dichos depósitos quedarán bajo jurisdicción y control del Ejército Nacional.