Decreto454-1980·1980

Modificación del reglamento sobre expendio de especialidades farmaceuticas cosmeticos y artículos de tocador

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de agosto de 1980

Fecha de publicación

4 de setiembre de 1980

Artículos (1)

Artículo 1

Artículo 1.- Agrégase en la parte final del artículo 11 de la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 6 de febrero de 1958, el siguiente texto: "Para importar cosméticos y artículos de tocador que no contienen sustancias tóxicas o farmacológicamente activas, no se exigirá la calidad de Representante a que se refiere el literal c) del presente artículo".