Artículo 1 — Artículo 1
Modifícanse los artículos 42º, 43º, 44º, 45º, 46º, 47º, 48º y 49º del Reglamento Orgánico y Funcional de las Reparticiones Interiores del Ministerio de Defensa Nacional, aprobado por el decreto 24.998, de fecha 1º de junio de 1971, modificado por decreto 25.124 de fecha 12 de diciembre de 1972, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "ARTICULO 42º. La Dirección Administrativa se integra con: - Departamento Suministros. - Departamento Personal. ARTICULO 43º. A la Dirección Administrativa le compete: a) Dirigir, coordinar y supervisar los medios y sistemas de seguridad de los locales del Ministerio; b) Ejercer la jefatura superior en el gobierno y administración del personal y medios materiales; c) Dirigir los suministros tendientes a satisfacer las necesidades de materiales y servicios de las reparticiones interiores del Ministerio de Defensa Nacional; d) Programar y sustanciar las compras directas tendientes a satisfacer las necesidades mencionadas anteriormente. ARTICULO 44º. El Departamento Personal se integra con: - División Personal Interno. - División Servicios Interno. ARTICULO 45º. A la División Personal Interno le compete: - Tramitar todo asunto referente al personal asignado a la Secretaría de Estado. A la División Servicios Internos le compete: - Contralor de la utilización de los medios de transporte. - Supervisar los servicios internos. ARTICULO 46º. El Jefe del Departamento Personal tiene los siguientes cometidos: a) Ejercer la jefatura del Personal asignado a las reparticiones interiores del Ministerio de Defensa Nacional; b) Supervisar los servicios internos; c) Supervisar los medios de transporte asignados a las reparticiones internas de la Secretaría de Estado; d) Sus atribuciones administrativas y disciplinarias, son las correspondientes a jefe de Batallón o Unidad similar. ARTICULO 47º. El Departamento Suministros se integra con: - Sección Regulación y control. - Sección Proveeduría. -Sección Adquisiciones. ARTICULO 48º. El Departamento Suministros tiene los siguientes cometidos: a) Concretar y satisfacer las necesidades de materiales y servicios de las reparticiones interiores del Ministerio de Defensa Nacional; b) Registrar y controlar el movimiento de existencias patrimoniales de las mismas; c) Programar las compras directas. ARTICULO 49º. Al jefe del Departamento Suministros le compete: a) Visar las órdenes de compras directas; b) Visar las órdenes de provisión; c) Visar periódicamente las existencias en depósito y la conservación de los Bienes de Uso".