Decreto457-1976·1976

Fijación de aforo de "alambre aleación kanthal" y "alambre plano"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22 de julio de 1976

Fecha de publicación

29 de julio de 1976

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en N$ 40.56 (cuarenta nuevos pesos con 56/100) los mil kilos brutos, el aforo correspondiente al producto denominado "Alambre Aleación Kanthal" y "Alambre Plano" o cinta de aleación Kanthal incluidos en el Grupo "A" de la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas, por decretos de 22 de julio de 1950 y aclaratorio de 19 de julio de 1951.

Artículo 2Artículo 2

Establécese que el producto de referencia, corresponde al Item 73.15.01.03 de los nuevos Aranceles de Importación y Exportación de la Dirección Nacional de Aduanas.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.