Decreto461-1972·1972

Comercio exterior. Exportaciones. Lanas lavadas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de junio de 1972

Fecha de publicación

6 de julio de 1972

Texto

Autorízase las exportaciones de lanas lavadas no aptas para peinar. El Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) las autorizará siempre que se cumplan con las condiciones exigidas.