Artículo 1 — Artículo 1
Se hace extensivo a los funcionarios de las Administraciones Municipales de todo el país, lo dispuesto por los artículos 1º al 3º inclusive y 5º del decreto 327/983, de 16 de setiembre de 1983.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
7 de diciembre de 1983
Fecha de publicación
16 de diciembre de 1983
Artículo 1 — Artículo 1
Se hace extensivo a los funcionarios de las Administraciones Municipales de todo el país, lo dispuesto por los artículos 1º al 3º inclusive y 5º del decreto 327/983, de 16 de setiembre de 1983.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.