Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase, además del cargo fijo, una tarifa especial y excepcional de $ 200.00 (doscientos pesos) el m3, cualquiera sea el consumo, para el Pequeño Cottolengo Uruguayo Don Orione, estableciéndose que dicho valor se incrementará en el futuro, de acuerdo a los porcentajes que se autoricen oportunamente.