Decreto466-1982·1982

Fijación de precios de combustibles. Julio 1982

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14 de diciembre de 1982

Fecha de publicación

10 de enero de 1983

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse con vigencia a partir de la hora cero del día 1º de julio de 1982 los precios de los siguientes productos de la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland: Fuel-oil pesado (Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas) N$ 2.666.00 (nuevos pesos dos mil seiscientos sesenta y seis) por mil litros. Fuel-oil especial (Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctircas) N$ 3.641.00 (tres mil seiscientos cuarenta y uno) por mil litros.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publiquese, etc. -

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