DecretoNº 468-1973·1973
Refuerzo de rubros para la concreción definitiva de la adquisición de inmuebles pertenencientes a la Compañía Uruguaya de bebidas sin alcohol (cubsa)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
28 de junio de 1973
Fecha de publicación
5 de julio de 1973
Texto
Determínase e interprétese normas referentes a edificios con permisos de construcción anteriores al 30 de setiembre de 1972. Sustitúyese el artículo 1º del Decreto Nº 146/971, en cuanto a las unidades ocupacionales, departamentos, casas o pisos, con una superficie mínima y los locales no destinados a casa-habitación que podrán incorporarse al Régimen de Propiedad Horizontal de la Ley Nº 10.751. Modifícase el artículo 3º del Decreto Nº 146/971, sobre espacios de acceso directo a todos sus ambientes interiores sin la utilización de zonas de uso común.