Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase a la Sala de Espectáculos ubicada en la Avenida 18 de Julio 1618/20 de la ciudad de Montevideo, con la denominación de "Sala 18 de Mayo".
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
27 de julio de 1976
Fecha de publicación
3 de agosto de 1976
Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase a la Sala de Espectáculos ubicada en la Avenida 18 de Julio 1618/20 de la ciudad de Montevideo, con la denominación de "Sala 18 de Mayo".
Artículo 2 — Artículo 2
Dése cuenta al Consejo de Estado, comuníquese, etc.