Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes Tasas y Tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones, que tendrán vigencia a partir del 1º de setiembre de 1984. (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
25 de octubre de 1984
Fecha de publicación
12 de diciembre de 1984
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes Tasas y Tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones, que tendrán vigencia a partir del 1º de setiembre de 1984. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publiquese y vuelva a la Administración Nacional de Telecomunicaciones.-