Artículo 1 — Artículo 1
Hágase extensivo el otorgamiento del "Premio de la Armada de la República Oriental del Uruguay" instituido por decreto 24.054, del 17 de octubre de 1957, al alumno de nacionalidad chilena de la Escuela Naval "Arturo Pratt" de la Armada de Chile que a su egreso haya obtenido el tercer promedio de escolaridad durante su permanencia en dicho instituto docente.