Decreto471-1981·1981

Fijación de controles para asegurar la percepción de los tributos generados por la Industria de la construcción

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de setiembre de 1981

Fecha de publicación

25 de setiembre de 1981

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Las Intendencias Municipales no expedirán permisos de construcción, demolición, reforma o autorización para regularizar obras sin que el peticionante acredite previamente que se ha inscripto en el Registro de la Construcción, establecido por el artículo 2 de la ley 14.411, de 7 de agosto de 1975.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.