Decreto471-1982·1982

Designación de funcionarios técnicos en el Poder Judicial

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17 de diciembre de 1982

Fecha de publicación

7 de enero de 1983

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Para la designación de los Secretarios de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, de los Secretarios de los Tribunales de Apelaciones, de los Actuarios y Actuarios Adjuntos y de los Secretarios de los Jueces, será necesaria la mayoría de votos que se establece en el Nº 3 del artículo 10 de la Sección XV de la Constitución de la República, en la redacción dada por el artículo 1º del Acto Institucional Nº 12.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.