Artículo 1 — Artículo 1
El régimen de licencias por prescripción médica de la Corte de Justicia y organismos jerarquizados y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y organismos jerarquizados, estará a cargo del Servicio de Certificaciones Médicas del Instituto Técnico Forense en Montevideo, mientras en los demás departamentos, estará a cargo del Ministerio de Salud Pública.