Artículo 1 — Artículo 1
Declárase duelo oficial por el fallecimiento de la Primera Ministra de la India señora Indira Gandhi los días 31 de octubre y 1º y 2 de noviembre de 1984.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
31 de octubre de 1984
Fecha de publicación
20 de diciembre de 1984
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase duelo oficial por el fallecimiento de la Primera Ministra de la India señora Indira Gandhi los días 31 de octubre y 1º y 2 de noviembre de 1984.
Artículo 2 — Artículo 2
La Bandera Nacional permanecerá a media asta durante los días indicados en el artículo anterior, en todos los edificios públicos, cuarteles, fortalezas, bases aéreas y buques de guerra, como adhesión de la República al duelo.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc