Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase en el 11% (once por ciento) anual pagadero trimestralmente, el interés de las Obligaciones Hipotecarias Reajustables cuya emisión ha sido autorizada por la ley 14.729, de 28 de noviembre de 1977.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
16 de agosto de 1978
Fecha de publicación
23 de agosto de 1978
Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase en el 11% (once por ciento) anual pagadero trimestralmente, el interés de las Obligaciones Hipotecarias Reajustables cuya emisión ha sido autorizada por la ley 14.729, de 28 de noviembre de 1977.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.