Sustitúyese la redacción de los artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 9º, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 26, 27, 28 y 46 de las Normas Presupuestales vigentes por la que a continuación se detalla:
Artículo 3º El personal de las categorías:
- Primera (Auxiliar - Auxiliar de Sucursal)
- Segunda (Oficial - Oficial de Sucursal)
- Tercera (Oficial 1º)
del Escalafón I - A y III - A percibirá una remuneración mensual con
ajustes a los grados que se indican de la Escala Patrón Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Primera Categoría
_____________________
Auxiliar Ingreso 5
Auxiliar de Sucursal 1 6
" " " 2 7
" " " 3 8
" " " 4 9
" " " 5 10
" " " 6 11
" " " 7 12
" " " 8 14
" " " 9 16
" " " 10 18
" " " 11 20
Segunda Categoría
__________________
Oficial
Oficial de Sucursal 12 22
" " " 13 23
" " " 14 24
" " " 15 25
" " " 16 26
" " " 17 27
" " " 18 28
" " " 19 29
Tercera Categoría
_________________
Oficial 1º 20 31
" 21 32
" 22 33
" 23 34
" 24 35
" 25 35 b
" 26 36
" 27 36 b
" 28 37
" 29 37 b
" 30 38
" 31 39
" 32 40
" 33 40 b
" 34 41
" 35 41 b
Al alcanzar las tres primeras categorías el grado 36 de la Escala
Patrón Unica, se detendrá la adjudicación del progresivo hasta que
la antigüedad real del funcionario le permite sobrepasar ese grado.
Artículo 4º El personal de las Categorías:
- Cuarta (Subjefe)
- Quinta (Jefe - Subgerente de Sucursal)
- Sexta (Jefe de 1a. - Gerente de Sucursal)
- Séptima (Gerente de Sucursal de 1a.) del Escalafón I - A y III - A,
percibirá una remuneración mensual con ajuste a los grados que se
indican de la Escala Patrón Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Cuarta Categoría
________________
Subjefe Inicial 39
" 1 año 40
" 2 años 41
" 3 años 42
Quinta Categoría
________________
Jefe Inicial 45
Subgerente de Sucursal 1 año 46
" 2 años 47
" 3 años 48
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Sexta Categoría
_______________
Jefe de 1a. Inicial 50
Gerente de Sucursal 1 año 51
" " " 2 años 52
" " " 3 años 53
Séptima Categoría
_________________
Gerente de Sucursal de 1a. Inicial 54
" " " 1 año 55
" " " 2 años 56
A los funcionarios de la categoría quinta del Escalafón I - A y III -
A (Jefe - Subgerente de Sucursal), cuando completen 30 años de Banco y
hayan llegado al Grado 2 de la mencionada categoría, se les liquidará
el sueldo correspondiente al Grado inicial de la Categoría Sexta del
Escalafón I - A y III - A (Jefe de 1a. Gerente de Sucursal).
Artículo 5º El personal de las Categorías:
- Octava (Adscrito - Gerente Regional de Sucursales)
- Novena (Subgerente)
- Décima (Gerente)
- Especial (Subgerente, Contador General, Secretario General Letrado de
Directorio y Gerente General) del Escalafón I - A, percibirá una
remuneración mensual con ajuste a los grados que se indican de la
Escala Patrón Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Octava Categoría
________________
Adscrito Inicial 57
Gerente Regional de Suc. 1 año 58
Novena Categoría
________________
Subgerente Unico 59
Décima Categoría
________________
Gerente Unico 60
Especial
________
Subgerente General Unico 61
Contador General
Secretario General
Letrado de Directorio
Especial
________
Gerente General Unico 62
Artículo 6º El personal de la Categoría Primera (Ayudante
Administrativo del Escalafón II-A, percibirá una remuneración
mensual con ajuste a los grados que se indican de l Escala Patrón
Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Primera Categoría
_________________
Ayudante Administrativo Inicial (ingreso) 5
" " 1 6
" " 2 7
" " 3 8
" " 4 9
" " 5 10
" " 6 10 c
" " 7 11 b
" " 8 12 a
" " 9 13
" " 10 13 c
" " 11 14 b
" " 12 15 a
" " 13 16
" " 14 16 c
" " 15 17 b
" " 16 18 a
" " 17 19
" " 18 19 c
" " 19 20 b
" " 20 21 a
" " 21 22
" " 22 22 c
" " 23 23 b
" " 24 24
" " 25 25
" " 26 26
" " 27 27
" " 28 28
" " 29 29
" " 30 30
" " 31 31
" " 32 32
" " 33 33
" " 34 34
" " 35 35
Artículo 7º El personal de las categorías:
- Segunda (Ayudante Administrativo de 3a)
- Tercera (Ayudante Administrativo de 2a)
- Cuarta (Ayudante Administrativo de 1a)
del Escalafón II - A, percibirá una remuneración mensual con ajuste
a los grados que se indican de la Escala Patrón Unica.
Categoría Años o grado de Grados de la
la Categoría Escala Patrón
Unica
Segunda Categoría
_________________
Ayudante Administrativo de
3era. Inicial 20
Ayudante de Administrativo
de 3era. 1 año 21
Ayudante de Administrativo
de 3era. 2 años 22
Ayudante Administrativo de
3era. 3 años 23
Tercera Categoría
_________________
Ayudante Administrativo de 2da. Inicial 27
" " " 1 año 28
" " " 2 años 29
" " " 3 años 30
Cuarta Categoría
________________
Ayudante Administrativo de 1ra. Inicial 33
" " " 1 año 34
" " " 2 años 35
" " " 3 años 36
Artículo 9º El personal de la Categoría: Primera (Técnico Profesional)
del Escalafón I-T percibirá una remuneración mensual con ajuste a
los grados que se indican de la Escala Patrón Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Primera Categoría
_________________
Técnicos Ingreso 41
" 1 42
" 2 43
" 3 44
" 4 45
" 5 46
" 6 47
" 7 48
Artículo 10 El personal de la Categoría: Segunda (Adscrito) del
Escalafón I-T percibirá una remuneración mensual con ajuste a los
grados que se indican de la Escala Patrón Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Segunda Categoría
_________________
Adscrito Ingreso 57
" 1 año 58
Artículo 11 El personal de la Categoría Primera (Adscrito)del
Escalafón II-T, percibirá una remuneración mensual con ajuste a los
grados que se indican de la Escala Patrón Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Primera Categoría
_________________
Adscrito Ingreso 57
" 1 año 58
Podrán acceder a la categoría inmediata superior, todos los
funcionarios que se encuentren en la categoría indicada en este
artículo, sin tener en cuenta para ello su ubicación dentro de la
escala precedente.
Artículo 12 El personal de las categorías Segunda (Subgerente) y Tercera (Gerente), del Escalafón II-T, percibirá una remuneración mensual
con ajuste a los grados que se indican de la Escala Patrón Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Segunda Categoría
_________________
Subgerente Unico 59
Tercera Categoría
_________________
Gerente Unico 60
Artículo 14 El personal de la categoría Primera (Ayudante Técnico) del
Escalafón I-ST y II-ST, percibirá una remuneración mensual con ajuste
a los grados que se indican de la Escala Patrón Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Primera Categoría
_________________
Ayudante Técnico Ingreso 11
" " 1 12
" " 2 13
" " 3 14
" " 4 15
" " 5 16
" " 6 17
" " 7 18
" " 8 19
" " 9 20
" " 10 21
" " 11 22
" " 12 23
" " 13 24
" " 14 25
" " 15 26
" " 16 27
" " 17 28
" " 18 29
" " 19 30
" " 20 31
" " 21 32
" " 22 33
" " 23 34
" " 24 35
" " 25 36
" " 26 37
" " 27 38
" " 28 39
" " 29 40
" " 30 41
" " 31 42
" " 32 43
" " 33 44
" " 34 44 a
" " 35 44 b
" " 36 45
Artículo 15 El personal de las Categorías:
- Segunda (Ayudante Técnico de 2da.)
- Tercera (Ayudante Técnico de 1ra.)
del Escalafón I-ST, percibirá una remuneración mensual con
ajuste a los grados que se indican de la Escala Patrón Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Segunda Categoría
_________________
Ayudante Técnico de 2da. Inicial 25
" " " 1 año 26
" " " 2 años 27
" " " 3 años 28
Tercera Categoría
_________________
Ayudante Técnico de 1ra. Inicial 31
" " " 1 año 32
" " " 2 años 33
" " " 3 años 34
Artículo 16 El personal de las Categorías:
- Cuarta (Subjefe)
- Quinta (Jefe)
- Sexta (Jefe de 1ra.)
del Escalafón I-ST y II-ST, percibirá una remuneración mensual
con ajuste de los grados que se indican de la Escala Patrón Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Cuarta Categoría
________________
Subjefe Inicial 39
" 1 año 40
" 2 años 41
" 3 años 42
Quinta Categoría
________________
Jefe Inicial 45
" 1 año 46
" 2 años 47
" 3 años 48
Sexta Categoría
_______________
Jefe de 1ra. Inicial 50
" " 1 año 51
" " 2 años 52
" " 3 años 53
A los funcionarios de la categoría Quinta del Escalafón I-ST y II-ST
(Jefe - Semitécnico), cuando completen 30 años del Banco y hayan llegado al Grado 2 de la mencionada Categoría, se les liquidará el sueldo
correspondiente al grado inicial de la Categoría Sexta del Escalafón I-ST
y II-ST (Jefe de 1ra. Semitécnico).
Artículo 26 El personal de las Categorías:
- Primera (Peón de 1ra.) (Escalafón VI - SA Piedras de Afilar).
- Segunda (Capataz)
percibirá una remuneración mensual con ajuste a los grados que se
indican de la Escala Patrón Unica.
Categoría Años o Grados Grados de la
de la Categoría Escala Patrón
Unica
Primera Categoría
_________________
Peón de 1ra. 76.50% del
Grado 0
Segunda Categoría
_________________
Capataz 2
Artículo 27 A los efectos de la correcta aplicación e interpretación
de las normas presupuestales, se definen a continuación, los siguientes conceptos básicos:
A Clase: Es el Agrupamiento de Funcionarios que realizan tareas de la
misma naturaleza. Existen cuatro clases:
Item 2 - Personal Técnico - Profesional
Item 3 - Personal Semitécnico
Item 4 - Personal Administrativo
Item 5 - Personal de Servicio y Artesanos
B Categoría: Es el agrupamiento de funcionarios, dentro de cada clase
y escalafón que ocupan cargos de la misma denominación en la forma
establecida en los planillados respectivos. Cada categoría
significa en sus integrantes preparación y aptitudes superiores a
las necesarias para servicio de la categoría inferior.
C Grado: Es la posición de los funcionarios dentro de cada categoría.
El número y desarrollo de los grados, en cada una de ellas, será
determinado por las normas presupuestales; siendo el progresivo la
diferencia entre grado y grado que normalmente se adjudica por cada
año de servicio efectivo en la categoría.
Se considerará servicio efectivo, el contar con una asistencia
regular de los dos tercios de los días laborales del año. No se
computará como asistencia regular las llegadas tarde o fuera de
hora, justificadas o no; las salidas particulares durante el
horario de oficina; las salidas antes de la terminación del
horario bancario establecido y las licencias extraordinarias o por
cualquier otro concepto, con o sin goce de sueldo, todo lo cual
será valorado en la forma que establezca la reglamentación.
D Escalafón: Constituye la carrera que los funcionarios están
habilitados a desarrollar dentro de una determinada Categoría y
Clase, a saber:
1 Dentro de una Categoría por los respectivo progresivos.
2 Dentro de una Clase, por el ascenso de Categorías
correlativas, con la salvedad prevista en el artículo 35.
ARTICULO 28 Se establecen los siguientes Escalafones dentro de las
respectivas Clases.
Clase Item 2 - Técnico Profesional.
Escalafón I-T. Este Escalafón se aplicará a los profesionales
médicos y químicos farmacéuticos.
Categoría 1º Técnico (Según escala básica por antigüedad).
Categoría 2º Adscrito.
Escalafón II-T. Este Escalafón se aplicará a las siguientes
profesiones: Abogado, Arquitecto, Agrimensor, Contador, Escribano,
Ingeniero Civil e Industrial, Procurador e Ingeniero Agrónomo.
Categoría 1ª : Adscrito (según escala básica por antigüedad).
Categoría 2ª.: Subgerente.
Categoría 3ª.: Gerente.
Este escalafón será ocupado de la siguiente forma: la 1ª. Categoría
por Técnicos sin distinción de profesión y la 2ª. y 3ª. Categorías,
por Técnicos de las profesiones que la estructura administrativa de la
Institución indique.
Clase: Item 3 - Personal Semitécnico.
Escalafones: I-ST (General) y II-ST (Semitécnico ex - INVE y ex
DINAVI).
Categoría 1ª.: Ayudante Técnico (Según escala básica por antigüedad).
Categoría 2da.: Ayudante Técnico de 2da.
Categoría 3ra.: Ayudante Técnico de 1ra.
Categoría 4ta.: Subjefe.
Categoría 5ta.: Jefe (sólo I-ST).
Categoría 6ta.: Jefe de 1ra. (sólo I-ST).
Clase: Item 4 Personal Administrativo.
Escalafones: I-A (General) y III-A (Administrativo ex INVE y ex
DINAVI).
Categoría 1ra.: Auxiliar - Auxiliar de Sucursal (según escala básica
por antigüedad).
Categoría 2da.: Oficial - Oficial de Sucursal (según escala básica
por antigüedad).
Categoría 3ra.: Oficial 1º (según escala básica por antigüedad.
Categoría 4ta.: Subjefe (sólo I-A).
Categoría 5ta.: Jefe - Subgerente de Sucursal.
Categoría 6ta.: Jefe de 1ra. - Gerente de Sucursal.
Categoría 7ma.: Gerente de Sucursal de 1ra. (sólo I-A).
Categoría 8va.: Adscrito - Gerente Regional de Sucursales (sólo I-A).
Categoría 9na.: Subgerente (sólo I-A).
Categoría 10a.: Gerente (sólo I-A).
Categoría Especial: Subgerente General, - Contador General, Secretario
General Letrado de Directorio, (en concurrencia) con los de Categoría
3a. del Escalafón II-T) (sólo I-A).
Categoría Especial: Gerente General (sólo I-A).
Escalafón: II-A Ayudantes Administrativos.
Categoría 1ra.: Ayudante Administrativo (según escala básica por
antigüedad).
Categoría 2da.: Ayudante Administrativo de 3ra.
Categoría 3ra.: Ayudante Administrativo de 2da.
Categoría 4ta.: Ayudante Administrativo de 1ra.
Escalafón IV-A Funcionarios decreto 615/975.
Clase: Item 5 - Personal de Servicio y Artesanos.
Escalafón I-SA - General.
Categoría 1ra.: Mensajero según escala básica por antigüedad.
Categoría 2da.: Limpiador según escala básica por antigüedad.
Categoría 3ra.: Portero.
Categoría 4ta.: Portero de 1ra.
Categoría 5ta.: Subencargado.
Categoría 6ta.: Encargado
Categoría 7ma.: Subconserje.
Categoría 8va.: Conserje.
Categoría 9na.: Conserje General.
Escalafón II-SA - Sucursales.
Categoría 1ra.: Mensajero según escala básica por antigüedad.
Categoría 2da.: Limpiador según escala básica por antigüedad.
Categoría 3ra.: Portero según escala básica por antigüedad.
Categoría 4ta.: Portero de 3ra.
Categoría 5ta.: Portero de 2da.
Categoría 6ta.: Portero de 1ra.
Escalafón III-SA - Choferes.
Categoría 1ra.: Chofer.
Categoría 2da.: Chofer de 3ra.
Categoría 3ra.: Chofer de 2da.
Categoría 4ta.: Chofer de 1ra.
Categoría 5ta.: Subjefe.
Categoría 6ta.: Jefe.
Escalafón IV-SA - Intendencia.
Categoría 1ra.: Maestros, Artesanos y Telefonistas (según escala
básica antigüedad, teniendo en cuenta, cuando
corresponda, los grados adicionados 1º de enero de
1976.
Categoría 2da.: Subintendente (En concurrencia para el ascenso:
Jefe de Mant. Categoría 6ta.
de Máq. de
Oficina. (Encargado del Escalafón I-SA, con la
categoría 1ra. de este Escalafón).
Categoría 3ra.: Intendente (en concurrencia para el ascenso:
Categoría 9na. - Conserje General - del Escalafón I-SA con la
categoría 2da. de este Escalafón).
Escalafón V-SA: Servicio de Vigilancia.
Categoría 1ra.: Ayudante de Servicio (según escala básica por
antigüedad).
Escalafón VI-SA - Inmueble Piedras de Afilar.
Categoría 1ra.: Peón de 1ra.
Categoría 2da.: Capataz.
Escalafón VII-SA - General ex - INVE y ex DINAVI
Categoría 1ra.: Portero
Categoría 2da.: Portero de 1ra.
Categoría 3ra.: Encargado.
Escalafón VIII-SA - Choferes ex INVE y ex DINAVI
Categoría 1ra.: Chofer.
Categoría 2da.: Chofer de 1ra.
Escalafón IX-SA - Intendencia ex INVE y ex DINAVI
Categoría 1ra.: Peón.
Categoría 2da.: Artesanos y Telefonistas.
Artículo 46 Complementos de sueldo (por cargo, oficio o especialización).
Importes al 1º
de enero de
1982
N$
Funcionarios que desempeñan tareas en la
Gerencia de informática con cursos
realizados y aprobados de: N$
a) Perfoverificadores, graboverificadores... 167.20
b) Total máquinas integrantes del equipo de
reg. unitario en uso..................... 537.80
c) Básico de computación y que hayan
demostrado capacidad para operar el
computador en uso........................ 806.85
d) Computación, programación y lenguaje del
computador en uso........................ 1.152.50
Funcionarios que desempeñan las tareas de
programar y operar a los equipos
minicomputadores en uso, que posean
certificados de haber realizado
satisfactoriamente el curso de la
compañía proveedora...................... 266.75
Los complementos establecidos en este
artículo y en el artículo 48 serán
liquidados en tanto que adicionados al
sueldo y demás retribuciones de carácter
permanente, excluida la prima por
antigüedad, no superen el importe
correspondiente al grado 58 de la escala
patrón única. Para los funcionarios cuyo
sueldo básico se determine por el grado 57
y superiores de la escala patrón única, el
tope corresponderá a la retribución del
grado de la categoría inmediata superior.
(*)