Decreto476-1984·1984

Se instituyen premios para la actuación de estudiantes de ensenanza secundaria y superior universitaria

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de octubre de 1984

Fecha de publicación

28 de noviembre de 1984

Artículos (8)

Artículo 1Artículo 1

Institúyense premios a la actuación de los alumnos que egresan de la enseñanza secundaria superior y universitaria.

Artículo 2Artículo 2

Los premios se concederán anualmente a los tres mejores alumnos de cada uno de los grupos de sexto año de Bachillerato Diversificado de los Institutos Oficiales y Privados Habilitados y de cada una de las Facultades y Escuelas Universitarias.

Artículo 3Artículo 3

Los premios que se instituyen consistirán en medallas para el mejor alumno y diplomas para quienes ocupan el segundo y tercer lugar.

Artículo 4Artículo 4

Los premios serán adjudicados por el Ministerio de Educación y Cultura, de acuerdo al orden de prelación que le remita anualmente el Consejo Nacional de Educación y la Universidad de la República, discriminado por Liceos, Facultades y Escuelas Universitarias. (*)

Artículo 5Artículo 5

El orden de prelación a que se refiere el artículo anterior será formulado en base a la escolaridad acreditada durante los cursos correspondientes al nivel de enseñanza del que se egresa.

Artículo 6Artículo 6

Los premios serán entregados en acto público al año inmediato siguiente al período que se juzga.

Artículo 7Artículo 7

La erogación resultante será financiada por el Ministerio de Educación y Cultura.

Artículo 8Artículo 8

Comuníquese, publíquese y archívese