DecretoNº 478-1970·1970
Establecimientos frigoríficos. Declaraciones juradas
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
6 de octubre de 1970
Fecha de publicación
14 de octubre de 1970
Texto
Dispónese que las empresas frigoríficas habilitadas, deberán presentar dentro del plazo de 48 horas declaraciones de existencias de carne ovina.