Artículo 1 — Artículo 1
Modifícanse las normas tarifarias del decreto 581/980 de fecha 7 de noviembre de 1980, que se detallan a continuación: (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
23 de setiembre de 1981
Fecha de publicación
5 de octubre de 1981
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícanse las normas tarifarias del decreto 581/980 de fecha 7 de noviembre de 1980, que se detallan a continuación: (*)
Artículo 2 — Artículo 2
A partir del 24 de marzo de 1981 el llenado de contenedores en el recinto portuario, queda comprendido en la Tarifa T|O|E-1 (Operaciones Especiales) aplicándose un precio de U$S 5 (dólares cinco) la tonelada o fracción. Este precio se incrementará en un 50% (cincuenta por ciento) en horario extraordinario, domingos y feriados.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, etc.-