DecretoNº 488-1964·1964
Comercio exterior. Forrajes
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
26 de noviembre de 1964
Fecha de publicación
24 de diciembre de 1964
Texto
Prorrógase hasta la fecha que se determina, las franquicias aduaneras y cambiarias acordadas a la importación de forrajes, según Decretos Nos. 312/964, 411/964 y 433/964 de fechas 20 de agosto, 15 de octubre y 29 de octubre de 1964 respectivamente, al solo efecto del cumplimiento de la importación de cebada forrajera, con destino a la alimentación de ganado lechero, que ha concertado la Cooperativa Nacional de Productores de Leche (CONAPROLE), en la Argentina.