Artículo 1 — Artículo 1
Declárase vigente a partir del 7 de junio de 1984 la enmienda 5 de los Procedimientos para los Servicios de Navegación Aérea Reglamento del Aire y Servicios de Tránsito Aéreo- Undécima edición (PANS-RAC, Doc. 4444 - RAC/501/11). (*)